RADAR POLÍTICO

16 abril, 2024

IEEH: ¿INTERVENCIÓN MÍNIMA?

Joel Sánchez Rodríguez

@joelsanradar

Sustentándose en una tesis jurisprudencial, la XIV/2015 referente al Procedimiento Sancionador en Materia Electoral, e invocando el “Principio de Intervención Mínima”, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, a través de la Secretaría Ejecutiva, a cargo de Dulce Olivia Fosado Martínez, requirió a diversos medios de comunicación, para allegarse información que le permitiera integrar los expedientes iniciados por el organismo, ante las quejas interpuestas por los partidos Movimiento de Regeneración Nacional y Partido Revolucionario Institucional, por la difusión de informaciones y comentarios, que pudieran ser consideradas como propaganda de sus adversarios.

Dicho de otra manera, el pleito entre partidos políticos llevó al IEEH a cuestionar a medios de comunicación escritos y electrónicos, para verificar si alguno de los aspirantes a la alcaldía de Pachuca, pudiera haber incurrido en actos anticipados de campaña.

Hasta ahí suena bien, si se acepta que el IEEH debe procurar que el proceso electoral se lleve a cabo en el marco de la legalidad.

Sin embargo, el asunto generó una reacción rápida y firme por parte de un considerable número de medios de comunicación, al considerar que el organismo electoral sí tiene facultades de investigación, pero tanto la Secretaría Ejecutiva, como la Dirección Jurídica a cargo de Jesús Rivera Ríos, se extralimitaron en sus funciones; pues denotando bastante ignorancia, pidieron justificar criterios editoriales en relación a algunas columnas y respecto a informaciones, si acaso se pagó su difusión, quién lo hizo, sustentar la causa o motivo de las respuestas, presentar documentación y constancias que acrediten la veracidad de los hechos, etcétera.

Por ello la respuesta tan firme de los medios: los criterios editoriales los establecemos nosotros, a eso se le llama Libertad de Prensa y, lo que se publique en los espacios de opinión, forma parte del ejercicio de la Libertad de Expresión, que por si no lo saben, es una garantía constitucional, así que no basta con invocar un “Principio de Intervención Mínima”, por que los medios de comunicación no tienen porque aceptar por la fuerza, un intervencionismo, por mínimo que este sea, sin importar de dónde provenga.

MF Noticias, Con Tinta y Papel, Quadratín Hidalgo, Criterio Hidalgo, Plaza Juárez, Grupo Editorial Vía Libre, El Sol de Hidalgo, Voces Hidalgo, Pachuca TV, Dinámico Informativo, Paradigma, Código H y Focus Hidalgo, entre otros, son algunos de los medios de comunicación requeridos por diversos motivos y de manera selectiva, por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, mejor dicho, por la Secretaría Ejecutiva.

Y no hay que pasar por alto sus requerimientos mal hechos, enviados por correo electrónico o pegados en las puertas con cinta canela, pero eso sí, exigiendo documentos que acrediten la personalidad de quien conteste, pero sin presentar las que acreditan a quien requiere.

Y debe subrayarse que lo hace de manera selectiva, porque en otros casos que sí parecen ser abiertamente violatorios de la ley o actos anticipados de campaña, el mismo organismo y la funcionaria que tan celósamente invoca la “Intervención Mínima”, prefieren -como el Instituto Nacional Electoral- voltear para otro lado antes que meterse en problemas mayores.

Espectaculares al por mayor, portadas y hasta entrevistas en radiodifusoras piratas que operan sin concesión, como ocurre en la Huasteca, Atotonilco y Metztitlán, son cosas que el INE y el IEEH no quieren ver; y eso que en el caso de Huejutla, ya existe en curso un procedimiento especial sancionador.

Debe quedar claro que nadie se opuso a que el IEEH haga su trabajo, porque para eso está; Y los procedimientos se supone que son para garantizar equidad, no para entrometerse en los temas editoriales, porque por mucho que invoque el “Principio de Intervención Mínima”, se topará con la constitución; a menos que ya se hayan contagiado de aquel que dice que: “no me vengan con que la ley es la ley”.

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